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Manabi, Canoa

Misión

Orientar, supervisar y controlar el pleno funcionamiento de la Junta Parroquial, en base a las competencias establecidas en el Art. 267 de la  Constitución 2008.

Además dar cumplimiento a lo establecido en el  COOTAD Artículo  68.- Atribuciones de los vocales de la junta parroquial rural. Los vocales de la  junta parroquial rural tienen las siguientes atribuciones:

a.  Intervenir  con  voz  y  voto  en  las  sesiones  y de  liberaciones de la junta parroquial rural;

b.  La   presentación   de   proyectos   de   acuerdos   y resoluciones, en el ámbito  de  competencia  del  gobierno  autónomo  descentralizado parroquial rural;

c.  La intervención  en la  asamblea  parroquial y  en las  comisiones,  delegaciones  y  representaciones  que designe la junta parroquial rural, y en todas las instancias de participación;

d.  Fiscalizar las  acciones  del  ejecutivo  parroquial  de  acuerdo  con  este Código y la ley; y,

e.  Cumplir  aquellas  funciones  que le sean  expresamente  encomendadas por la junta parroquial rural.

Visión

“Es un territorio que ha implementado un modelo de desarrollo social, productivo, ambiental, político, y de ordenamiento territorial con altos niveles de servicio y atención de calidad y calidez, aplicando las políticas públicas y la optimización de la inversión de forma incluyente y participativa, garantizando los derechos fundamentales de los/as niños/as, adolescentes, jóvenes adultos mayores, personas con discapacidad y aquellos/as que se encuentran en situación de pobreza. Al mismo tiempo, somos una zona exportadora de servicios y productos con valor agregado, que promueve el empleo digno y la competitividad, con una población fortalecida en conocimiento a través de la ciencia y tecnología, conservando saberes ancestrales, recursos naturales renovables y no renovables, que garantizará los derechos culturales y naturales, lo que incidirá en la integración nacional, para contribuir al cumplimiento del gran objetivo nacional del Buen Vivir”.