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Orientar, supervisar y controlar el pleno funcionamiento de la Junta Parroquial, en base a las competencias establecidas en el Art. 267 de la Constitución 2008.
Además dar cumplimiento a lo establecido en el COOTAD Artículo 68.- Atribuciones de los vocales de la junta parroquial rural.
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Francisco Aveiga y 30 de noviembre
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